El evento de desarrolló en el auditorio del museo de la casa de estudios platense y contó además con la participación del decano de la Facultad de Ciencias Naturales, Eduardo Kruse; el prosecretario de Vinculación Tecnológica, Gonzalo Márquez, y la directora del Museo, Analía Lanteri.
Cabe recordar que la nueva ordenanza – aprobada semana atrás por el Consejo Superior- se aplicará a los proyectos innovadores surgidos en la Universidad que tengan como objeto el desarrollo y explotación comercial de los resultados derivados del proceso de producción de conocimientos generados total o parcialmente en el ámbito de la UNLP.
Frente a decenas de investigadores e investigadoras, López Armengol destacó “la importancia de este modelo que fomenta el espíritu emprendedor y genera a su vez un círculo virtuoso en el que el sistema de innovación de la UNLP ofrece y brinda acompañamiento a investigadores, docentes y extensionistas para poner en marcha proyectos productivos de impacto para la región”.
“Esta ordenanza es una iniciativa verdaderamente innovadora y de fuerte impronta social, que representa un incentivo serio y una garantía de respaldo y contención institucional para investigadores y emprendedores de nuestra comunidad universitaria que están en condiciones de poner en marcha un proyecto innovador”, afirmó el presidente.
Armengol detalló además que, de acuerdo al nuevo marco regulatorio “los emprendedores pueden continuar en sus proyectos innovadores con los avances alcanzados en la Universidad; sumar más personal y capacidades”.
Finalmente,
el titular de la UNLP instó a los presentes a sumarse activamente a esta
política estratégica: “para contribuir al desarrollo de nuestro país en un
marco de equidad, la UNLP debe promover la vinculación y transferencia de
tecnologías, servicios y capacidades entre el sistema científico y los
distintos actores del sector público, privado y de la sociedad civil, tanto
nacionales como internacionales”, concluyó.
Sobre la ordenanza
A los efectos de la aplicación de este nuevo régimen se considerarán:
Empresas de Base Tecnológica a aquellas empresas en cuya promoción y creación
participen miembros de la comunidad universitaria, en su condición de tales, y
cuyos productos, procesos y/o servicios requieran del uso de conocimientos
y/o tecnologías que han sido generados total o parcialmente en el ámbito de la
universidad o por la utilización de medios o infraestructura para el desarrollo
de conocimiento, y que hayan sido financiados en parte con fondos propios de la
UNLP o fondos públicos de cualquier naturaleza ejecutados a través o con
intervención de la Universidad y/o aportes privados.
Promotor a quienes reúnan los requisitos exigidos en cada supuesto, impulsen la creación y constitución de una Empresa de Base Tecnológica, a partir de una idea proyecto que comienza a llevar a cabo a través de acciones concretas.
Incubación al período de tres (3) años desde la aprobación de la iniciativa empresarial para la conformación de la Empresa de Base Tecnológica, prorrogable sólo una vez, por un período máximo de un año.