DIPUTADOS VOTÓ CAMBIOS EN EL CÓDIGO DE TRÁNSITO

Respecto de la norma sancionada, los cambios sancionados por el Cuerpo determinan que para el control de velocidad y otras infracciones establecidas en la ley de Tránsito se implementará el uso de radares y otros equipos o sistemas automáticos o semiautomáticos o manuales, fotográficos o no, fijos o móviles, cuya información no pueda ser alterada manualmente. Entre otras especificaciones técnicas, además, se estipula que todo instrumento o sistema a utilizar en tal sentido deberá ser homologado por los organismos nacionales o provinciales con competencia en el área, conforme lo determine la reglamentación. El Registro Único de Infractores de Tránsito, o el organismo que lo reemplace, será quien autorice el uso de todos estos dispositivos en jurisdicción provincial y municipal. La señalización deberá ser claramente individualizada por los conductores y tendrá que contener la velocidad máxima a respetar en el tramo comprendido. En los tramos de semiautopistas o autopistas cuya velocidad autorizada sea el límite máximo no será necesaria la señalización particularizada de los instrumentos y/o equipos encargados del control de velocidad. Sólo deberá colocarse señalización vertical que informe sobre la existencia de controles de velocidad en la arteria de que se trate. Se avalaron otras iniciativas, entre ellas la fundamentada por el jefe del bloque FPV-PJ, Raúl Pérez, que exaltó la significación de la Declaración de los Derechos del Trabajador, instaurada por el general Juan Domingo Perón el 24 de febrero de 1947.