EL SENADO CONVIRTIÓ EN LEY LA REGULACIÓN AL FUNCIONAMIENTO DE GERIÁTRICOS

El Senado de la provincia de Buenos Aires convirtió en ley un proyecto del Senador FPV-PJ Santiago Nardelli que regula el funcionamiento de los establecimientos geriátricos de gestión pública y privada, con o sin fines de lucro. “Una de las asignaturas pendientes que presenta la sociedad para con el sector pasivo, es la sanción de una ley que regule el funcionamiento de los geriátricos y hogares gerontológicos”, explicó Nardelli. “Esta situación- continuó- nos lleva indefectiblemente a un escenario donde tendremos un aumento en la cantidad de adultos mayores en la pirámide poblacional y por ende una mayor demanda de los servicios de la seguridad social”. “Por lo tanto el objetivo que prioriza esta ley es apuntar a la protección de los adultos mayores que se alojan en establecimientos geriátricos, con el fin de resguardar sus derechos a vivir dignamente, velar por su seguridad y establecer los órganos competente que supervisen las condiciones de prestación de dichos servicios”, completó el bahiense. El Legislador precisó además que “la readecuación de los numerosos geriátricos habilitados y aquellos que no se encuentren habilitados y que funcionan en total desconocimiento de las normas vigentes, transformándolos en hogares sustitutos dedicados al cuidado de ancianos y asegurando el derecho que estos tienen a una buena calidad de vida, llevando de esta forma tranquilidad a sus familiares o tutores”. “La ley- explicó el senador provincial- trata de garantizar no sólo el resguardo e integridad de las persones mayores, sino también la obligación de los titulares responsables de los establecimientos geriátricos de proveer una atención adecuada, brindar seguridad físico psíquica a los residentes, prestar el auxilio profesional cuando las circunstancias así lo requieran, promover distintas actividades que eviten el aislamiento de los residentes, mantener en buen estado de funcionamiento y conservación el inmueble y su equipamiento obligatorio, llevar una historia clínica por residente que permita un mayor control de su estado de salud y controlar el buen desempeño del personal a cargo del cuidado de los residentes, todo ello más allá de las inspecciones periódicas que le competen al órgano de aplicación”.