“La norma es discriminatoria, porque busca cobrar una alícuota diferida (del cuarenta por mil) a los escribanos que trabajan fuera de la provincia de Buenos Aires para que puedan realizar transacciones de bienes que estén dentro del territorio bonaerense”, explicó Garro. El legislador tomó de ejemplo el caso de un escribano que tenga sus oficinas en Capital Federal, y explicó que “con esta norma, deberá pagar más impuestos cada vez que quiera tramitar una compra de un inmueble que este en territorio bonaerense, por el sólo hecho de realizar la transacción fuera del mapa provincial”. Aclaró que el articulado (inciso 7 del apartado B) del artículo 46, Título IV Impuesto de Sellos de la ley 14.333) es violatorio de lo establecido en el Código Civil, que expresa: “Cuando un acto fuere otorgado en un territorio para producir efectos en otro, las leyes locales no podrán imponer cargas tributarias ni tasas retributivas que establezcan diferencias de tratamiento, fundadas en el domicilio de las partes, en el lugar del cumplimiento de las obligaciones o en el funcionario interviniente”. Entre los fundamentos de la presentación, el legislador Julio Garro, aclaró que “la aplicación de la norma aludida afecta irrazonablemente el derecho de trabajar y la igualdad de trato con relación a los escribanos cuyos registros se hallen fuera de la Provincia de Buenos Aires e intervengan en transacciones referidas a inmuebles situados en territorio bonaerense”. “Tales operaciones habrán de tributar mucho más por impuesto de sellos que otras de idéntico tenor y con idénticos valores involucrados que se instrumenten ante escribanos de la jurisdicción provincial”, se agrega.